El artículo 2.3.3.3.3.1 numeral 3 del Decreto 1075 de 2015, sugiere que la evaluación
de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el
proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.
En relación con este proceso, la Ley le da la posibilidad a la institución educativa de
que establezca sus propios criterios de promoción escolar, como también el porcentaje
de asistencia que incida en la promoción de los estudiantes.
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